Fotomulta en Dina Huapi

Fotomulta en Dina Huapi

En Dina Huapi, las fotomultas por exceso de velocidad efectuadas con radares están encuadradas en el Plan Integral de Seguridad Vial del municipio

En Dina Huapi rige el control de exceso de velocidad por radares. Las fotomultas son válidas siempre y cuando el radar cuente con su verificación homologada y actualizada.

Dentro del Plan Integral de Seguridad Vial del municipio de Dina Huapi, se continúan generando acciones con respecto a la seguridad en el tránsito.

El municipio tiene la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para el uso de cinemómetros móviles para control de velocidad y cruce de semáforo en rojo, y rigen las fotomultas por infracciones. Esto se suma a las campañas de educación y concientización vial que realiza la municipalidad en distintas instituciones públicas y privadas.

Las normas indican que la velocidad máxima en Dina Huapi es de 60 km. Los indicadores están para respetarlos y ponerse en alerta, dado que hay alguna razón para disminuir la marcha. Celebramos que se tomen medidas para evitar los siniestros viales en Argentina y controlar los excesos.

Las fotomultas son válidas, sin perjuicio de un eventual descargo que pudiera interponerse por irregularidades en la cartelería u otros elementos operativos. El descargo por fotomultas es un trámite personal que se realiza por escrito ante las oficinas de faltas municipales.

Requisitos del acta

Al recibir una multa labrada por un agente en el lugar o por correo en un domicilio particular, se debe controlar que figuren los siguientes ítems:


  • fecha en que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año);

  • ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción;

  • imagen del vehículo al momento de la infracción, con identificación del dominio (en caso de utilizarse un radar cinemómetro);

  • velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado, expresada en km/h;

  • firma de la autoridad interviniente en la infracción;

  • datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y número de serie) y número de disposición ANSV que autoriza su uso;

  • matrícula habilitante del operador del radar otorgada por ANSV;

  • datos del municipio que la realiza;

  • contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.